Carlos Leiva a pocos días de asumir como Consejero Escolar.

Carlos Leiva el Director de Obras Hidráulicas , después de consagrar la lista ganadora en José C. Paz en las elecciones del 2021 , Leiva logro ingresar como una nueva tanda de consejeros escolares paceños, expresaba en sus redes sociales .

«Empieza una nueva semana y en primer lugar no quiero dejar pasar la oportunidad de agradecer a todos los vecinos y todas las vecinas por habernos acompañado con su voto el domingo 14 de noviembre. Pronto asumiré un nuevo cargo, seré consejero escolar. Este nuevo lugar que me toca ocupar me llena de alegría, es un gran compromiso y estoy orgulloso de haber sido elegido para desempeñarme como tal. Se vienen nuevos proyectos y desafíos. Agradezco también al Intendente Mario Alberto Ishii por confiar en mí y a Juan Pablo Mansilla por el constante apoyo y confianza.»

Los Consejos Escolares poseen las siguientes facultades, en el ámbito de su distrito:


• Gestionar la provisión de muebles, útiles, y demás elementos de equipamiento escolar y proceder a su distribución.
• Implementar en sus respectivos Distritos la ejecución de los actos de administración emanados de la Dirección General de Cultura y Educación.
• Administrar los recursos que por cualquier concepto le asigne bajo su responsabilidad la Dirección General de Cultura y Educación.
• Realizar el censo de bienes de Estado.
• Conformar las facturas por prestación de servicios públicos siendo de su exclusiva responsabilidad la realización de las auditorías correspondientes tendientes a un uso racional y eficiente de dichos servicios.
• Intervenir y fiscalizar todo trámite administrativo vinculado a: 1) Toma de posesión: 2) Tareas Pasivas; 3) Juntas Médicas; 4) Licencias; 5) Seguro colectivo y escolar; 6) Salario Familiar; 7) Reconocimientos Médicos; 8) El pago de sueldos y remuneraciones del Personal Docente, Administrativo, Obrero y de Servicio de los Establecimientos del Distrito y Personal Administrativo de las demás reparticiones Distritales de la Dirección General de Cultura y Educación y del Consejo Escolar local, conforme a las indicaciones que se impartan desde la Subsecretaría Administrativa.
• Las actividades que le encomiende la Dirección General de Cultura y Educación.
• Proponer alternativas de acción intersectorial en los casos de inasistencias reiteradas, injustificadas o por deserción de los niños en edad escolar, a los fines de asegurar los principios y fines de la educación, previstos en la presente Ley.
• Auspiciar la formación y colaboración con las Asociaciones Cooperadoras de los Establecimientos Educativos de sus distritos.

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