Declaraciones juradas a más funcionarios
Mediante el decreto 2017/407, con fecha del 19 de agosto de 2017, la provincia de Buenos Aires estableció una serie de modificaciones en la normativa que prevé la presentación de declaraciones juradas por parte de los principales cargos provinciales.
http://www.gob.gba.gov.ar/Bole/pdfs/2017-08-30/OFICIAL2017-08-301504029826.pdf
Así las cosas, se estableció que “estarán obligados a la presentación de una Declaración Jurada Patrimonial Integral, aun cuando se desempeñen en el cargo en forma transitoria: Gobernador; Vicegobernador; Ministros, Secretarios, Subsecretarios y todo otro funcionario con jerarquía equivalente; Directores Provinciales, Directores, y todo otro funcionario con jerarquía equivalente o superior a director; Personal de Gabinete y Secretarios Privados según Ley N° 10.430; Escribano General de Gobierno y Escribano adscripto superior; Asesor General de Gobierno y Asesor Ejecutivo; Contador General de la Provincia y Subcontador; Tesorero General de la Provincia y Subtesorero; Fiscal de Estado y Fiscales de Estado Adjuntos.
Además de “los miembros del Consejo de la Magistratura representantes del Poder Ejecutivo de la Provincia; titulares de entidades descentralizadas y autárquicas; representantes del Poder Ejecutivo de la Provincia en entes o empresas interjurisdiccionales; representantes del Poder Ejecutivo de la Provincia en entes públicos no estatales; los integrantes del directorio, o personal superior con jerarquía igual a subdirector o subgerente de la Administración Pública Provincial, así como también de empresas y sociedades del Estado provincial, las sociedades de economía mixta y todas aquellas organizaciones empresariales donde el Estado provincial tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias, fondos fiduciarios existentes y a crearse con posterioridad al presente decreto, integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado provincial”.
También incluye al “personal de las Policías de la Provincia con jerarquía igual o superior a la de Oficial Inspector o equivalente, personal de jerarquía inferior a cargo de una comisaría y la totalidad del personal que preste servicios, sin importar jerarquía o función, en la Superintendencia de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas y Crimen Organizado; personal del Servicio Penitenciario Bonaerense con grado igual o superior al de alcaide o equivalente, personal de jerarquía inferior a cargo de unidades penitenciarias o alcaidías; miembros de Entes Reguladores con categoría igual o superior a Director o equivalente; los funcionarios o empleados con categoría o función igual o superior a la de director o equivalente, que presten servicio en las obras sociales administradas por el Estado provincial;
Y “directores y subdirectores, contador, tesorero y habilitado, síndicos, jefes o gerentes de personal o recursos humanos y personal que intervenga en el manejo de fondos públicos; todo funcionario público o empleado encargado de otorgar habilitaciones administrativas para el ejercicio de cualquier actividad, como también todo funcionario o empleado público encargado de controlar el funcionamiento de dichas actividades o de ejercer cualquier otro control en virtud del ejercicio del poder de policía”.
A su vez, el decreto determina que los nuevos alcanzados por la medida tendrán 30 días hábiles desde la notificación del decreto para cumplir con la presentación de la DDJJ, igualmente tendrán un plus y podrán extenderse hasta el 31 de octubre. En el caso de no cumplir con la presentación, serán intimados por los organismos de control.
La Declaración Jurada Patrimonial Integral deberá contar con sus antecedentes laborales y profesionales de los últimos dos años, sean o no remunerados, incluyendo los que realizare al momento de su designación como integrante del equipo bonaerense.